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PLAN FUTURO


Servicios previsionales y proceso de jubilación

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Servicios previsionales y proceso de jubilación

En Plan Futuro nuestra misión es brindarte una asesoría previsional experta para el proceso de tu jubilación, poniendo a tu disposición nuestro conocimiento, experiencia y atención personalizada.

Análisis

Realizamos un análisis de tus ahorros y proyección de expectativas de vida, para entregarte un estudio completo de tus alternativas.

Opciones

Te presentamos las opciones de pensión y las modalidades de pago que más se ajustan a tus necesidades.

Gestión

Gestionamos todo el proceso de  solicitud de pensión, pagos preliminares, bonos de reconocimiento, excedente de libre disposición y cuotas mortuorias, cuando corresponda.

Seguimiento 

Realizamos seguimiento y acompañamiento de nuestros clientes ya pensionados, entregando soporte ante cualquier requerimiento posterior.

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Tipos de Pensiones

Cada tipo de pensión tiene opciones y beneficios específicos que te explicaremos en nuestra asesoría, para que tomes la mejor elección en el proceso de tu jubilación.

PENSIÓN DE VEJEZ
Beneficio al cual tienen derecho todos los afiliados al sistema de pensiones que hayan cumplido 65 años para hombres y 60 años para mujeres.

PENSIÓN DE VEJEZ ANTICIPADA
La ley permite pensionarse anticipadamente cuando el afiliado logre financiar el 70% promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas. Para obtener una pensión igual o superiror al 80% de la pensión máxima con aporte solidario.

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PENSIÓN DE INAVLIDEZ
Pensión que reciben los afiliados al sistema sin tener edad para jubilarse, que a consecuencia de una enfermedad   o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, causen una disminución permanente de su capacidad de trabajo.

PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA
Beneficio al cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado fallecido que cumplan los requisitos legales respectivos.


Beneficios de las pensiones

  • Excedente de libre disposición: corresponde al saldo que queda en la cuenta de capitalización individual del afiliado después de pensionarse y que es posible retirar si cumple con los requisitos definidos por la ley.
  • Cuota mortuoria: beneficio equivalente a 15 UF que se paga cuando el afiliado fallece, a quien acredite haberse hecho cargo de los gastos del funeral. Si esta persona fuese distinta al cónyugue o del conviviente civil, hijos o padres del afiliado fallecido, el monto que se pagará será el valor de la factura que refleje el monto efectivo de su gasto hasta un máximo de 15 UF. Si hubiere un saldo hasta completar estas 15 UF, quedará a disposición del o la cónyugue sobreviviente o del conviviente civil, y a falta de éste, los hijos o padres del afiliado fallecido.
  • Herencia: Son fondos de la cuenta de capitalización individual y cuenta de ahorro voluntario del afiliado que fallece, sin dejar beneficiarios de pensión de sobrevivencia, después del pago de la cuota mortuoria. También constituyen herencia todos los ahorros que el afiliado tenga en la AFP.                                                                                                                 Cuando su muerte se ha producido por accidente del trabajo o enfermedad de carácter profesional, situación en que las pensiones que se originan son cubiertas por la Ley Nº 16.744

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Modalidades de pago jubilación

Retiro Programado:

Es la modalidad de pensión que paga la AFP con cargo a la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado. El monto de la pensión se calcula y actualiza cada año en función del saldo de la cuenta individual, la rentabilidad de los fondos, la expectativa de vida del afiliado y/o la de sus beneficiarios y la tasa vigente de cálculo de los retiros programados. Lo anterior significa que el monto de la pensión varía cada año.
En caso de que fallezca, con el saldo remanente se continuará pagando pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios y si éstos no existen, los fondos que eventualmente quedaren se pagarán como herencia.

Renta Vitalicia Inmediata:

Es aquella modalidad de pensión que contrata un afiliado con una Compañía de Seguros de Vida, obligándose dicha Compañía al pago de una renta mensual, fija en UF, para toda la vida del afiliado y fallecido éste, a sus beneficiarios de pensión. En esta modalidad la AFP traspasa a la Compañía de Seguros de Vida los fondos previsionales del afiliado para financiar la pensión contratada.
El afiliado puede optar por esta modalidad sólo si su pensión es mayor o igual al monto de la Pensión Básica Solidaria. 

Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida:

Al optar por una renta temporal, el afiliado contrata con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta mensual fija reajustable en UF, a contar de una fecha posterior al momento en que se pensiona. Entre la fecha en que solicita esta modalidad y la fecha en que comienza a percibir la renta vitalicia, el afiliado recibe mensualmente una pensión financiada con fondos que se retienen especialmente para este propósito en la cuenta de capitalización individual en su AFP. De esta manera, el afiliado mantiene la propiedad y asume el riesgo financiero sólo de la parte de su fondo que permanece en la AFP y por un período acotado de su vida, pero no asume el riesgo de sobrevida que debe afrontarlo la Compañía de Seguros con que contrató la renta vitalicia diferida, al igual que el riesgo financiero de este período.

Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado:

En esta modalidad se dividen los fondos que el afiliado tiene en su cuenta individual de la AFP y contrata con ellos simultáneamente una renta vitalicia inmediata y una pensión por Retiro Programado. Respecto de la Renta Vitalicia que incluye de esta modalidad, el afiliado tiene la posibilidad de solicitar Condiciones Especiales de Cobertura.

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Plan Futuro

Contamos con una amplia trayectoria de 28 años en el sistema de fondos de pensiones que avalan nuestra experiencia, conocimiento y seriedad profesional, para entregarte la mejor asesoría previsional en el proceso de tu jubilación.

Acreditación

Estamos acreditados por la Superintendencia de Pensiones y Superintendencia de Valores y Seguros con el código 824, que certifica que cumplimos con todas las normas y garantías necesarias para entregarte de forma integral nuestro servicios de asesoría previsional.

Análisis

Sabemos que al momento de jubilarte comienzas un nuevo futuro, es por esto que te proponemos realizar un análisis eficaz de tus ahorros, para que tomes la mejor elección de acuerdo al tipo de pensión y modalidad de pago que más te conviene, según tus necesidades e intereses.

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